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    Aplicación del control constitucional por vía de excepción en relación con reclamaciones ante empresas de servicios públicos domiciliarios cuando se pretendan devoluciones superiores a cinco meses

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    La expedición de la Ley 142 de 1994 es una clara materialización del mandato constitucional dispuesto en el artículo 150 # 23 de la C.P de 1991, en concordancia con los artículos 365 a 370 ibídem; al establecer en la referida Ley lo concerniente al tiempo que tienen los usuarios y/o suscriptores para reclamar los conceptos facturados como consecuencia de la prestación de los servicios, se trajo un término de caducidad de 5 periodos de facturación, es decir, que si vencido dicho plazo no se ha reclamado algún concepto facturado, se pierde el derecho a que ser atendida esa pretensión. Esa caducidad resulta apropiada por cuestiones de seguridad jurídica y de certeza de los actos de facturación, sin embargo, nunca podrá perderse de vista que no en todos los casos resulta ser preferente la condición de seguridad jurídica y certeza de los actos de facturación, sobre todo cuando darle prioridad a estos dos elementos afecta de manera directa y grave principios constitucionales como el Estado Social de Derecho, el Orden Justo, la Buena Fe, la Confianza Legítima, la prevalencia del derecho sustancial frente al formal, , todo lo cual confluye en que puede presentarse una violación directa del principio de la Supremacía Constitucional que da existencia al denominado control por vía de excepción. Los servicios públicos domiciliarios se encuentran ligados a los fines esenciales de Estado, en otras palabras, los SPD se constituyen en la principal herramienta o canal con el que se logra en mayor escala la efectividad y cristalización del Estado Social de Derecho, lo cual incluye la garantía de los fines esenciales establecidos en el artículo 2 de la C.P de 1991, la prestación de estos servicios supone de entrada que la existencia de esa relación contractual da a una de las partes, los prestadores una condición privilegiada, incluso se reconoce que poseen posición dominante, entre tanto, la otra parte que son los suscriptores y/o usuarios es la parte más frágil, más débil de esa relación; por consiguiente, admitir que a pesar de que en situaciones claras donde los prestadores pueden cometer serios errores de facturación que afectan intereses legítimos de sus clientes, puede privilegiar a los primeros dándoles una habilitación para que se favorezcan por una caducidad que trae la Ley. Frente a errores técnicos de las Empresas que se supone son los que tienen la experticia y conocimiento profundo de la prestación es que cobra vital importancia realizar una irradiación de constitucionalización de los servicios públicos domiciliarios, recordar que el origen normativo de los mismos se encuentra en el marco de la C.P de 1991 y que por ende también están sometidos al principio de la Supremacía Constitucional, y es justamente la posibilidad de la aplicación de este principio lo que se aborda en la monografía presentada.The issuance of Law 142 of 1994 is a clear materialization of the constitutional mandate provided for in Article 150-23 of the C.P. of 1991, in accordance with Articles 365 to 370 ibid.; by establishing in that law the time that users and/or subscribers have to claim the concepts invoiced as a result of the provision of the services, a term of expiration of 5 billing periods was brought, that is, that if that period has expired, no invoiced concept has been claimed, the right to be met is lost. Such revocation is appropriate for reasons of legal certainty and certainty of billing acts, however, it may never be overlooked that it is not in all cases preferable to the status of legal certainty and certainty of billing acts, especially where giving priority to these two elements directly and seriously affects constitutional principles such as the Social Rule of Law , the Just Order, good faith, legitimate expectation, the prevalence of substantial right over formal law, all of which results in a direct violation of the principle of Constitutional Supremacy that gives existence to so-called exception control. Public home services are linked to the essential purposes of the State, in other words, the SPDs are constituted in the main tool or channel with which the effectiveness and crystallization of the Social Rule of Law is achieved on a larger scale, which includes guaranteeing the essential purposes set out in Article 2 of the 1991 C.P.C., the provision of these services implies at the outstream that the existence of such a contractual relationship gives one of the parties, the providers a privileged condition, it is even recognized that they have a dominant position, in the meantime, the other party that is subscribers and/or users is the most fragile, weakest part of that relationship; therefore, to admit that although in clear situations where providers can make serious billing errors that affect the legitimate interests of their customers, it may favor the former by giving them a rating to be favored for an expiration brought by the Act. In the face of technical errors of the Companies that are supposed to have the expertise and in-depth knowledge of the provision is that it is vital to carry out an irradiation of constitutionalization of the public services domiciled, to remember that the normative origin of them is within the framework of the C.P. of 1991 and that therefore they are also subject to the principle of Constitutional Supremacy , and it is precisely the possibility of the application of this principle that is addressed in the monograph presented.Magíster en Derecho Económico con Énfasis en Servicios PúblicosMaestrí

    El derecho de retracto en ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia a partir de la Ley 1480 de 2011

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    Esta monografía está compuesta por cinco capítulos. En el primero se aborda el retracto de las ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia. En el segundo se hace un estudio sobre los aspectos que se consideran más relevantes sobre el objeto de la investigación tales como el estatuto del consumidor, para lo cual se reseña la evolución del derecho del consumo a nivel internacional y nacional; se señalan las principales características del derecho del consumidor, el amparo constitucional a los consumidores, y los componentes del nuevo estatuto del consumidor, al igual que el objeto de la Ley 1480 de 2011.This monograph is composed of five chapters. The first deals with the retraction of sales using non-traditional or remote methods. In the second, a study is made of the aspects that are considered most relevant to the object of the investigation, such as the consumer status, for which the evolution of consumer law at the international and national level is outlined; The main characteristics of consumer law, constitutional protection of consumers, and the components of the new consumer statute, as well as the object of Law 1480 of 2011, are indicated

    Conflictos de competencias deducidos de la regulación económica

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    En la función de policía administrativa que ejerce el Estado en diversos ámbitos, se encuentra la regulación económica y social, como una expresión de las formas de intervención estatal con poder para limitar los derechos y libertades de los individuos en todos los sectores, los cuales se encuentran contenidos en disposiciones legales o reglamentarias que confieren competencias a los órganos de la Administración, al ser ejecutadas en ocasiones se interceptan, aun cuando encuentran fundamento y delimitación en el ordenamiento jurídico crean concomitancia en su aplicación - rationae materia o rationae personae, con lo cual conforman un conflicto de competencia. El objeto de esta tesis es explorar algunos de estos conflictos de competencias administrativas que se producen en ciertos organismos del orden nacional de la rama ejecutiva del poder público los cuales, culminan con un pronunciamiento de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Se analizan algunos enunciados normativos que pueden dar lugar a numerosas interpretaciones, donde se agotan los criterios tradicionales de resolución como jerarquía, especialidad y cronología.SUMMARY In the administrative police function exercised by the State in various spheres, there is economic and social regulation, as an expression of the forms of state intervention with power to limit the rights and freedoms of individuals in all sectors, which are contained in legal or regulatory provisions that confer powers to the organs of the Administration, when they are executed, sometimes intercepted, even if they find grounds and delimitation in the legal system create concomitance in its application - rationae materia or rationae personae, with which Constitute a conflict of competence. The purpose of this thesis is to explore some of these conflicts of administrative competencies that occur in certain national agencies of the executive branch of public power which culminate in a ruling by the Consultation and Civil Service Room of the Council of State. Some normative statements that can give rise to numerous interpretations are analyzed, where traditional criteria of resolution such as hierarchy, specialty and chronology are exhausted

    Perspectiva constitucional del procedimiento tributario en Colombia

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    Lo que se propone con esta investigación es señalar de manera objetiva la infinidad de actuaciones establecidas en el Procedimiento Tributario Nacional, las cuales deben cumplir los contribuyentes. Esa disparidad de normas y actuaciones van en contravía de las instituciones modernas de orden procesal que buscan es simplificar los procedimientos, aspecto que en nuestro entender viola la defensa debida y algunos otros principios también de carácter Constitucional, tales como los de: celeridad, eficacia y economía de la actuación administrativa.What is proposed in this research is to identify objectively the endless night "s timetable set out in National Revenue Procedure, which must meet taxpayers. That dusparidad of rules and actions run counter to the modern institutions of procedural order seeking to simplify procedures, something that we understand the defense violates due and also some other constitutional principles such as those of: readiness, efficiency and economy of administrative action

    Fiscalidad y derechos humanos. Análisis del sistema tributario español desde el punto de vista del convenio europeo de derechos humanos

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    Falta palabras claveEl objeto del presente trabajo es analizar la normativa sobre derechos humanos y, especialmente, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, a fin de dar respuesta, entre otras, a cuestiones como las anteriores. Es evidente que, frente a los denominados “derechos absolutos” (derecho a la vida, prohibición de la tortura, prohibición de la esclavitud y de los trabajos forzados y principio de legalidad penal), los cuales difícilmente podrán verse vulnerados como consecuencia de la aplicación de la normativa tributaria , la importancia cualitativa de los derechos que sí pueden verse afectados en las relaciones contribuyente – Hacienda es sensiblemente menor. No obstante, cuantitativamente este grupo de derechos y libertades fundamentales van a aparecer con mayor frecuencia en las relaciones entre la Administración y el obligado tributario, lo cual justifica por sí solo el presente estudio. En efecto, si bien lo normal es no ser víctima de una lesión a los anteriormente citados “derechos absolutos”, todos pagamos impuestos o, en otros términos, “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, El objeto del presente trabajo es analizar la normativa sobre derechos humanos y, especialmente, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, a fin de dar respuesta, entre otras, a cuestiones como las anteriores. Es evidente que, frente a los denominados “derechos absolutos” (derecho a la vida, prohibición de la tortura, prohibición de la esclavitud y de los trabajos forzados y principio de legalidad penal), los cuales difícilmente podrán verse vulnerados como consecuencia de la aplicación de la normativa tributaria , la importancia cualitativa de los derechos que sí pueden verse afectados en las relaciones contribuyente – Hacienda es sensiblemente menor. No obstante, cuantitativamente este grupo de derechos y libertades fundamentales van a aparecer con mayor frecuencia en las relaciones entre la Administración y el obligado tributario, lo cual justifica por sí solo el presente estudio

    Ley 1955 de 2019

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    Se establece la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico con el fin de contribuir a la financiación del sector de justicia y de la rama judicial. Es aplicable únicamente para los laudos arbitrales nacionales

    Compilado normativo municipal : Tomo 1

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    Con el propósito de realizar un aporte que ordene y sistematice, de alguna manera, la legislación vigente concerniente a los gobiernos comunales, presentamos este “Compilado Normativo Municipal”. Las distintas transformaciones que nuestras localidades han sufrido a lo largo de la historia de nuestro país, se han visto acompañadas por necesarias actualizaciones en materia de legislación, brindado una cantidad formidable de Leyes y Decretos que, hasta el momento, encontrábamos dispersos y sin un ordenamiento que facilite su acceso y estudio. Por tal razón, en esta etapa inicial y en el entendimiento de que la generación de este tipo de trabajos implican un valor agregado a nuestras acciones como representantes de la voluntad popular, ponemos a disposición de los distintos operadores una herramienta útil, que en las fases de consulta, asesoramiento y decisión de los agentes, empleados y funcionarios de las diversas dependencias administrativas municipales, brinde de modo simple y rápido un panorama sobre la regulación legal en temas de relevante interés en la gestión comunal.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    El principio de proporcionalidad en el ámbito sancionador tributario

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    El principio de proporcionalidad informa la totalidad del ordenamiento jurídico, pero en el ámbito del Derecho tributario sancionador, al igual que los demás principios que informan esta rama del derecho, cumple una doble función, de un lado, limita la potestad sancionadora de la Hacienda pública, de otra parte, se convierte en un auténtico derecho subjetivo del presunto infractor. La proporcionalidad se aplica en la restricción de los derechos fundamentales que entran en juego, tanto en el procedimiento inspector como en el procedimiento sancionador, pues la prueba de este último se obtiene en el procedimiento inspector, pero además, en lo atinente al régimen sancionador tributario, el principio de proporcionalidad viene a establecer una justa equivalencia entre el ilícito cometido y la infracción tipificada, así como entre la infracción cometida y la sanción impuesta. La culpabilidad está íntimamente relacionada con el principio de proporcionalidad, pues es de pura lógica que a mayor culpa, mayor sanción, de tal forma que las infracciones muy graves las podemos identificar con el dolo del presunto infractor, las graves con la negligencia grave y las leves con la simple negligencia. La graduación de las sanciones tributarias se produce tanto en la calificación de la infracción como en la graduación de la propia sanción, si bien se sanciona todo incumplimiento de la norma tributaria, aplicando cálculos aritméticos para determinar la culpabilidad del obligado tributario, lo que vulnera dicho principio y, por ende, el de proporcionalidad. El acuerdo o la conformidad del interesado, al igual que sucede en las Haciendas forales, no se considera un criterio de graduación, sino un componente de la reducción de la respectiva sanción, junto con el pago y la no impugnación. El error de salto y la calificación unitaria de la infracción vulneran el principio de proporcionalidad

    El derecho del consumidor como disciplina jurídica autónoma.

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    El actual sistema de economía social de mercado ha generado una serie de situaciones nuevas que presionan el contenido clásico del Derecho, como la globalización económica, la innovación tecnológica, el libre comercio, la libertad contractual, la libre competencia, la regulación de servicios, la autorregulación empresarial entre otras manifestaciones que han motivado una mayor apertura e integración de los mercados y por ende mayor competitividad comercial. Estas condiciones socioeconómicas abren para el consumidor un nuevo panorama como beneficiario del sistema, a tal punto que hoy hablamos de protección del consumidor, pero ¿quién es el consumidor?, ¿contra qué debería protegérsele?. Un consumidor es una persona que para atender sus necesidades o para su propio placer compra o arrienda productos y utiliza servicios ofrecidos por entes públicos o privados. Esta es al menos la definición más simple que nos servirá de derrotero para el estudio del tema, y ¿Contra qué debería protegérsele al consumidor?, para decirlo sencillamente, debe protegérsele contra el engaño y el abuso de los proveedores.Tesi
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